Calculadora Despido · 2026

Calculadora de Despido Colectivo, ERE y Cierre de Empresa

El Despido Colectivo (ERE), por causas económicas o cierre de empresa, garantiza por ley un mínimo de 20 días por año trabajado (tope de 12 meses).

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Indemnización: 20 días por año (Mínimo Legal)

Al igual que el despido objetivo, los despidos colectivos (ERE) por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) otorgan una compensación de 20 días de salario por año trabajado (Art. 51 ET).

Esta es la cifra mínima legal. En muchos casos de ERE, durante el periodo de consultas se logran pactar mejoras en las condiciones de salida (ej. 25 o 30 días).

La calculadora asume la indemnización mínima legal (20 días). Si logras impugnarlo individualmente o anular el ERE, la calificación cambiaría a improcedente.

Tu situación
5años
Contrato posterior al 12/02/2012
Privado. Nada se guarda ni se envía.
Indemnización estimada
€7.671
Rango €7.671 – €12.785
100 días de salario
Neto tras impuestos
100%
te quedas
€7.671 llega a tu bolsillo. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta 180.000 €.
Rango de negociación
Mínimo
€7.671
Base
€7.671
Máximo
€12.785
Cobertura (indemnización + desempleo)
4.2meses de cobertura
Tus derechos

Aviso legal importante

Los resultados proporcionados por esta calculadora son estimaciones orientativas basadas en la legislación laboral vigente y no constituyen asesoramiento legal ni financiero. Las fórmulas y umbrales utilizados están pendientes de revisión legal antes de la publicación definitiva del sitio. Consulte siempre con un profesional cualificado (abogado laboralista o asesor fiscal) en su jurisdicción antes de tomar decisiones basadas en estos cálculos.

Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

¿Qué es un Despido Colectivo (ERE)?
Según el Art. 51 del Estatuto de los Trabajadores, es el despido fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) que afecta a un número significativo de trabajadores (ej. 10 trabajadores en empresas de menos de 100). Requiere un periodo de consultas previo con los representantes de los trabajadores.
¿Qué indemnización corresponde en un ERE por causas económicas?
La indemnización mínima legal es la misma que la del despido objetivo: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Sin embargo, durante el periodo de consultas del ERE, sindicatos y empresa pueden pactar indemnizaciones mayores.
¿Qué pasa si el despido es por cierre de empresa?
El cese total de la actividad empresarial (cierre de empresa) se tramita como despido colectivo si afecta a más de 5 trabajadores. La indemnización legal sigue siendo de 20 días por año (capada a 12 meses).
¿Se puede impugnar un Despido Colectivo?
Sí. Tanto los representantes legales pueden impugnar el ERE en su conjunto, como el trabajador puede impugnar su despido individualmente. Si se declara improcedente, la indemnización subiría a 33 o 45 días por año.