Calculadora de Despido Objetivo
Un despido objetivo ocurre por causas ajenas a tu voluntad (ej. económicas, técnicas o ineptitud sobrevenida).
Indemnización: 20 días por año
Según el Art. 52 y 53 del Estatuto de los Trabajadores, la indemnización legal por un despido objetivo es de 20 días de salario por año trabajado, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año y con un tope máximo de 12 mensualidades.
Recuerda: Deben entregarte esta indemnización junto con la carta de forma simultánea. Si hay defectos de forma o falta de causa real, podrías reclamar para que se reconozca como improcedente (33/45 días).
Despido por Causas Económicas, Técnicas y Organizativas
Las causas que habilitan un despido objetivo se conocen como causas ETOP (económicas, técnicas, organizativas o de producción). Entre las más frecuentes encontramos:
- Causas económicas: Pérdidas actuales o previstas, o disminución persistente de ingresos durante 3 trimestres consecutivos. Incluye situaciones de cierre de empresa o cierre de centro de trabajo.
- Amortización de puesto de trabajo: Eliminación de puestos por reorganización interna o reducción de actividad. Es una causa organizativa o productiva.
- Ineptitud sobrevenida: El trabajador pierde las capacidades necesarias para su puesto después del periodo de prueba (ej. pérdida de carnet profesional, incapacidad permanente parcial).
- Falta de adaptación: Si la empresa ha introducido modificaciones técnicas razonables y el trabajador no se adapta en un plazo de 2 meses.
Si la empresa alega estas causas pero no puede acreditarlas fehacientemente, el juez declarará el despido improcedente, elevando la indemnización a 33 o 45 días por año.
Aviso legal importante
Los resultados proporcionados por esta calculadora son estimaciones orientativas basadas en la legislación laboral vigente y no constituyen asesoramiento legal ni financiero. Las fórmulas y umbrales utilizados están pendientes de revisión legal antes de la publicación definitiva del sitio. Consulte siempre con un profesional cualificado (abogado laboralista o asesor fiscal) en su jurisdicción antes de tomar decisiones basadas en estos cálculos.